| Seremi de Economía de V Región difundió más características del Sello Pro Pyme para apurar pagos a empresas Mipymes |
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El sello Pro Pyme se crea en el ministerio de Economia, Fomento y Turismo con el fin de garantizar mejores condiciones para las empresas de menor tamaño del país. El sello se le entregara a las grandes empresas que cumplan con pagar a sus proveedores pymes en un plazo máximo de 30 días de corrido. Todas las empresas que adquieran este sello serán publicadas en esta página, www.selloProPYME.cl , la que servirá de vitrina a las grandes empresas que cumplan con pagar a sus pequeños proveedores en el plazo antes mencionado. En el marco de la premiación de la entrega de premios de Fortalecimiento Gremial de Sercotec a seis gremios de la región de Valparaíso. El Seremi de Economía, Mauricio Silva M señalo: "Este sello tiene dos objetivos claros, el primero es velar por el pago en un plazo no mayor a 30 días corridos a los micro, pequeños y medianos empresas que son mas del 75% de la empresas, donde generan mas del 60% del empleo. El segundo objetivo es destacar a las grandes empresas que se comprometen formalmente a apoyar a los emprendedores de Chile bajo una concepto de Responsabilidad Social Empresarial realizando el pago efectivo de las facturas a sus pequeños proveedores en el plazo establecido por el Sello ProPyme. ¿Quiénes se pueden certificar y usar el Sello ProPyme? Todas aquellas entidades públicas y privadas, con o sin fines de lucro, que adquieran bienes o servicios de e empresas de menor tamaño y que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento que establece las condiciones de otorgamiento, uso, renovación y cancelación, además que cuenten con la "Certificación de Plazo de Pago Verificado", vigente que muestre que ha pagado a sus proveedores MIPYME en un plazo inferior o igual a 30 días corridos. ¿Qué es la "Certificación de Plazo de Pago Verificado? La certificación de Plazo de Pago Verificado (CPPV) se obtendrá de una empresa auditoría externa contratada por "la entidad", y la que deberá acreditar, a través de la conciliación de pagos y otros documentos contables, que la empresa u organismo solicitante cumple con sus obligaciones comerciales, en 30 días o menos, con sus proveedores empresas de menor tamaño. Fuente: Confedech |





